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La Ley
12.490 (y sus modificatorias) establece que todo profesional con matrícula
vigente se encuentra automáticamente afiliado a la Caja, y como tal es sujeto de
derechos y obligaciones.
Entre los derechos se encuentran la jubilación ordinaria, la extraordinaria y la pensión. Entre las obligaciones se encuentra la de aportar el 10 % sobre los honorarios por tareas profesionales y el cumplimiento de la Cuota Mínima Anual Obligatoria (CMAO).La integración de esta cuota se dará por cumplida con los aportes del 10 % citado en caso de llegar al monto total de la misma. Durante los primeros 5 años de graduado tendrá la obligación de cubrir al menos el 50 % de la CMAO; el 50 % restante deberá integrarla a lo largo de su carrera profesional.
VALORES CMAO
OBLIGATORIOS
RESOLUCIÓN Nº 655
DESDE
VALOR
1º de Octubre de 2017 $25.4401º de Abril de 2017 $ 24.840 1º de Septiembre de 2016 $ 21.600 1º de Marzo de 2016 $ 18.000 1º de Septiembre de 2015 $ 15.600 1º de Marzo de 2015 $ 14.400 1º de septiembre de 2014 $ 12.000 1º de Marzo de 2014 $ 9.200 1º de julio de 2013 $ 7.200 1º de enero de 2013 $ 6.050 1º de julio de 2012 $ 5.500 1º de enero de 2012 $ 5.160 1º de octubre de 2011 $ 4.608 1º de julio de 2011 $ 4.224 1º de enero de 2011 $ 3.840 1º de abril de 2010 $ 3.200 1º de septiembre de 2009 $ 2.700 1º de enero de 2009 $ 2.310 1º de enero de 2008 $ 2.100 1º de enero de 2007 $ 1.900 1º de enero de 2006 $ 1.500 1º de enero de 2005 $ 1.200 1º de enero de 2004 $ 1.200 1º de enero de 2003 $ 1.200 1º de enero de 2002 $ 1.200 1º de enero de 2001 $ 1.200 |
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VALORES
CMAO NO EXIGIBLES
DESDE VALOR1º de enero de 2000 $ 1.200 – Resolución Nº 6751º de enero de 1999 $ 1.200– Resolución Nº 6751º de enero de 1998 $ 1.200– Resolución Nº 6751º de enero de 1997 $ 1.2001º de enero de 1996 $ 1.2001º de enero de 1995 $ 1.200
¿Qué
sucede si no alcanzo la CMAO? Los aportes
faltantes serán reclamados para formalizar el pago. El pago se podrá realizar al
pago contado o adhiriéndose a un plan de financiación.De persistir
dicha situación, los mismos serán requeridos por el procedimiento legal de
apremio aplicable en la Provincia de Buenos Aires.
¿Puedo completar la CMAO del año anterior con aportes originados por contratos? No. Los aportes originados por contratos se imputan en la fecha y año en que se realiza el pago. Sólo si supera el 1.5 del valor de la CMAO, se traspasa al año inmediato anterior. ¿Es obligatorio el pago de la CMAO? Si. El pago de la CMAO es obligatorio a partir del año 2001 en que comienza a regir la Ley 12490. ¿Puedo abonar la CMAO fuera de término? Si, pero se aplicarán intereses desde el 1º de enero siguiente al vencimiento de la misma. Si no tengo trabajo y no puedo abonar la CMAO. ¿Qué hago? En principio debe abonarla. Podrá hacerlo al contado o mediante un plan de pagos.Si no desea abonarla, podrá solicitar las excepciones contempladas por la ley (Ver P.M.F. Eximición, Opción 50% y Renuncia). Caso contrario, se le iniciarán acciones judiciales para su cobro salvo que tenga dada de baja la matrícula. |
INICIA EL 100% TECNICATURA EL 01/2018
participa : https://twitter.com/tarea_estricta
(ley nº : 24.557 en relacion apartado )
inicio en movimientos de mi c.u.i.p 24/09/2017 : 43-24668451-1 monotributista con categoria H
sinceramentes yo tecnico armador lelo memo
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